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¿Qué es el impuesto digital propuesto por legisladores en México?

El grupo parlamentario del PRD propuso la semana pasada una iniciativa de ley con proyecto de decreto para que las empresas que brindan “determinados” servicios digitales en México tengan que pagar un impuesto por la prestación de estos servicios. En caso de que sea aprobada, la iniciativa, la cual fue sometida al pleno de la Cámara de Diputados por el legislador del PRD Javier Salinas Narváez, obligará a las empresas nacionales o extranjeras que operen en México y que brinden servicios digitales a pagar un impuesto equivalente a 3% de sus ingresos brutos totales generados por la prestación de estos servicios.

La propuesta de los diputados sigue las mismas directrices que la hecha por el Parlamento de la Unión Europea en marzo pasado y se alinea con otros gobiernos del mundo que han impulsado este impuesto, como Chile y Argentina, en el caso de América Latina; Noruega, que llega a cobrar hasta 25% de impuesto por estos servicios y más recientemente España.

De acuerdo con el documentode la iniciativa, los servicios digitales propensos a ser gravados son aquellos cuyo funcionamiento dependa de “la creación de valor por parte de los usuarios” y en los que haya un “mayor desajuste entre el lugar en que se gravan los beneficios y el lugar donde están establecidos los usuarios”. Esto quiere decir que se cobrará el impuesto a aquellos servicios en los que los usuarios tengan una participación importante en la creación de valor y cuyas ganancias generadas por usuarios mexicanos sean gravadas en países del extranjero.

¿Quiénes tendrán que pagar este impuesto?

Son tres los tipos de servicios en los que aplicaría este impuesto, en caso de que fuera aprobada la iniciativa de ley:

Los servicios que provean de una interfaz digital de publicidad que esté dirigida a los usuarios de dicha interfaz. En este caso entran algunos servicios de empresas como Google, Facebook, Twitter, Instagram, Spotify, entre otros.
Los servicios que brinden una interfaz digital “multifascética” que permita a los usuarios localizar a otros usuarios e interactuar con ellos, lo que también incluye a las empresas que facilitan la entrega de bienes o servicios. Algunos ejemplos de estas compañías son: Mercado Libre, Rappi, Uber y AirB&B. Quedan exentos los servicios de mensajería instantánea, como Whatsapp, Telegram y Facebook Messenger, los de correo electrónico y los de pago, como PayPal y Mercado Pago. También quedan fuera las tiendas virtuales de marcas minoristas para las que internet es sólo un canal de comunicación con los usuarios.
Los servicios que supongan la transmisión de datos recopilados de los usuarios que hayan sido generados por actividades desarrolladas por estos últimos en las interfaces digitales. Dependiendo de lo que se entienda por “transmisión de datos”, en este caso entrarían los servicios de prácticamente todas las empresas que forman parte de la economía digital: desde Google y Facebook hasta Netflix, Spotify y Amazon.
“Se aprecia la necesidad de gravar los crecientes ingresos provenientes de los servicios digitales prestados por las empresas globales más importantes del mundo, las cuales no tributan en nuestro país, a pesar de contar con ingresos ingentes por la venta de servicios en México”, refiere la iniciativa, que aclara que los ingresos sujetos a este gravamen son aquellos que se obtienen de la “contribución” que hacen los usuarios a estos servicios y “no la propia participación de los usuarios”.

Siguiendo la propuesta de la directiva europea, sólo aquellas empresas de servicios digitales que registren un ingreso total mayor a 107 millones de pesos tendrán que pagar este impuesto, cuya tasa de 3% también toma como referente el caso de la Unión Europea.

“Este umbral también permite excluir a las empresas pequeñas y medianas”, refiere el documento, el cual agrega que las grandes empresas tienen oportunidad para emprender prácticas de planificación fiscal más agresivas, con el fin de mitigar las consecuencias de este nuevo gravamen.

¿Cómo se cobrará?
Para determinar cuáles son los ingresos sobre los que se gravará este impuesto a los servicios digitales, la autoridad tendrá que conocer el lugar en el que ha sido utilizado el dispositivo del usuario de estos servicios mediante la dirección de Protocolo de Internet (IP) del usuario o “mediante otros métodos de geolocalización”, refiere la iniciativa sin dar más detalles.

Durante una charla a través de Periscope con el fin de explicar su propuesta, el diputado Javier Salinas Narváez dijo que para esta imposición se requiere de “normas específicas y complejas para cada tipo de ingreso”.

“Algunas de estas corporaciones tienen ingresos millonarios, algunas hasta de medio billón de dólares a nivel mundial. Una parte de esta riqueza la generan en México y por eso estamos proponiendo que paguen impuestos aquí en donde se genera esa riqueza”, dijo Salinas.

En caso de ser aprobada, el marco jurídico de la iniciativa será la Ley del Impuesto sobre los Ingresos Procedentes de Servicios Digitales y de acuerdo con el diputado Salinas Narváez, los recursos que se generen de la recaudación de este impuesto estarán destinados a que las escuelas públicas de México tengan computadoras y servicio de internet, “para que haya igualdad y equidad en el acceso a estos servicios”.

Aunque la iniciativa indica que el impuesto se cobrará tanto a empresas nacionales como a extranjeras, Salinas Narváez sostuvo que se trata de un impuesto dirigido “fundamentalmente a las empresas que residen en otro país”, por lo que, detalló, ésta es una “ley anti Trump”, la cual ya ha sido turnada a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública para su evaluación y dictamen.

Fuente: El Economista

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Sedena pagará casi 22 mdp por escultura de Felipe Ángeles para nuevo aeropuerto

La Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) pagará cerca de 22 millones de pesos por la escultura monumental del general Felipe Ángeles que se instalará en la entrada del nuevo Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

De acuerdo con el diario El Universal, en el contrato se detalla que para esta obra, de más de 10 metros de altura y 20 toneladas de peso que se ubicará a la entrada del aeropuerto, el Ejército Mexicano pagará a la escultora Edysa Ponzanelli 21 millones 983 mil 577 pesos.

Dicho monto se liquidará en cuatro pagos realizados entre 2021 y 2022 con un anticipo del 35% del monto total adjudicado, es decir, 7 millones 694 mil 252.16 pesos.

Edysa Ponzanelli le ha creado esculturas gobierno federal y para diversas administraciones locales; algunas de sus obras son la escultura del cantautor Juan Gabriel en el puerto de Acapulco, y la del expresidente Miguel Alemán que se encuentra en el Calzada de los Presidentes, en la antigua Residencia Oficial de Los Pinos.

Se prevé que el aeropuerto sea inaugurado el 21 de marzo de 2022.

En el contrato SDN/DN8/AIFA/12920-F11/2021-AD-001 se detalla que la escultura del general revolucionario será de bronce fundido y que el autor entregará la obra con un revestimiento de poliuretano transparente para protegerla y preservar el efecto de pátina de la estatua.

“El proveedor debe entregar la escultura colocada en la rotonda que comunica las vías externas de la terminal de pasajeros desde el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, con fecha límite del 9 de marzo de 2022, junto con cualquier otra documentación que se haya generado con motivo de la firma de este contrato”, detalla el convenio.

El documento firmado indica que “todos los gastos, impuestos, derechos, seguro, el embalaje, transporte, carga, descarga, izado, montaje, colocación y/o cualquier otro gasto adicional derivado de la entrega de la escultura al domicilio de la obra corre por cuenta y riesgo del artista”.

Ponzanelli, señalado en el acuerdo, también tendrá la escultura terminada el 9 de marzo de 2022 como fecha límite para la entrega, unas semanas antes de que el presidente inaugure el nuevo aeropuerto.

Cabe recordar que en 2020, el escultor Pedro Ramírez Ponzanelli pagó sus impuestos en especie al Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una escultura y un busto del presidente Andrés Manuel López Obrador, elaborado en bronce y granito.

Y que otro miembro de la familia, Óscar Ponzanelli, anunció que a través de la asociación de músicos, locutores y artistas “Realidades en mi Mundo Mágico, A.C.” realizaría una estatua de bronce del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Fuente: Proceso

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En México hay más de 200 mujeres presas por delitos relacionados con el aborto: ONG

Asociaciones feministas han detectado a más de 200 mujeres detenidas en México por crímenes relacionados con el aborto, por lo que exigen liberarlas tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional su penalización.

Sin embargo, las mujeres no están condenadas de forma oficial por aborto, sino por delitos como homicidio en razón de parentesco, infanticidio, filicidio y omisión de cuidados, expuso Verónica Cruz, directora de la organización Las Libres, en entrevista con Efe.

“En el país no existen mujeres en la cárcel por el delito de aborto, existen 200 mujeres en las cárceles por delitos relacionados, son mujeres que tuvieron partos espontáneos, abortos prematuros o emergencias obstétricas y les configuraron delitos más graves”, advirtió.

Este martes se cumplió una semana del histórico fallo de la SCJN, que por primera vez declaró inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que las ayuden con consentimiento.

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) pidió revisar 432 carpetas de investigación abiertas por este delito entre enero y julio pasado en 27 estados del país.

Pero Cruz señaló que los jueces imputan a las mujeres estos otros cargos, aunque aclaró que “el que el delito de aborto se declare inconstitucional va a aminorar muchísimo la posibilidad de que también a estas mujeres las criminalicen con delitos mucho más graves”.

“Nos va a costar un poco más porque tenemos que ir cambiando el imaginario social, que dejen de criminalizar o imponer la maternidad a las mujeres, incluidas víctimas de violación”, reconoció.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

El fallo de la SCJN invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, estado que establecía hasta tres años de cárcel por aborto voluntario, por lo que el Gobierno del estado prometió la semana pasada acatar el fallo y liberar a mujeres detenidas.

Pero allí no hay mujeres presas por este crimen y no hay información clara sobre más detenidas, dijo a Efe Adriana Romo, de la Red de Mujeres de La Laguna, con sede en Torreón.

“Estamos rastreando porque pensamos que en Coahuila, según algunos casos de los que hemos sabido, el delito que se imputaba es el de homicidio en razón de parentesco”, indicó.

Romo expresó su “satisfacción” por el fallo de la SCJN, pero también “preocupación” por la inacción de los diputados locales para legalizar la interrupción del embarazo, no solo la derogación de las penas.

“Las mujeres en Coahuila seguirán en el limbo jurídico. Ese es nuestro temor porque es un tema que sabemos que va a ser muy polémico, que va a haber oposición de muchos sectores y que los legisladores piensan que va a tener costo para ellos”, observó.

También criticó que la Secretaría de Salud del estado se escude en la “objeción de conciencia”, un derecho que la Suprema Corte reconoció esta semana, pero con limitaciones.

“No puede obligar a los médicos, pero la Secretaría de Salud sí está obligada a contratar o a buscar personal médico que no sea objetor de conciencia”, señaló Romo.

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