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Presenta Corral controversia constitucional en contra de la Ley de Seguridad Interior

Por considerarla una invasión a la soberanía estatal y una vulneración de principios fundamentales de justicia y derechos humanos, el Gobernador Javier Corral Jurado, presentó una controversia constitucional para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que declare inconstitucional la Ley de Seguridad Interior (LSI).

En el texto de la controversia, destaca también que la LSI vulnera la autonomía presupuestaria y financiera de los estados, particularmente del Estado de Chihuahua.

El Gobernador acudió a la Suprema Corte acompañado por Santiago Corcuera Cabezut, abogado experto en Derechos Humanos, quien ha sido miembro del Comité de Expertos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y miembro y presidente del Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas e Involuntarias de la ONU, así como de la escritora y politóloga Denise Dresser, el secretario General de Gobierno, César Jáuregui Robles; los activistas Emilio Álvarez Icaza y Gabino Gómez, el diputado federal Guadalupe Acosta Naranjo y el sacerdote Javier Ávila, entre otros.

Como se recordará, dicha Ley fue aprobada el 15 de diciembre del 2017 por el Congreso de la Unión (diputados y senadores) y promulgada por el Presidente de la República el 21 de ese mismo mes, pero no ha entrado en vigor ya que fue remitida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal que admitió por lo menos otras 15 acciones y controversias de inconstitucionalidad.

Desde el momento en que fue aprobada por el Congreso de la Unión, el Gobernador señaló que la Ley de Seguridad Interior violenta principios fundamentales de derechos humanos y pidió a los legisladores federales que reconsideraran la redacción del texto aprobado.

En el documento presentado ante la Suprema Corte, Corral Jurado señaló como objeto de la Controversia, que la LSI permite una invasión a la soberanía del estado por las autoridades federales, así como una vulneración de la autonomía presupuestaria y financiera de Chihuahua y pide a la Suprema Corte la declaratoria de inconstitucionalidad.

En el texto, alude a la definición de competencias de los municipios, de las entidades federativas y de la Federación, a través de los artículos 21, 40, 41, 119 y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los que queda claro que en materia de seguridad pública, el Gobierno Federal debe de mantener un estricto respeto a la soberanía de las entidades federativas.

Los agravios aludidos son los siguientes:

1) Invasión de la soberanía del Estado de Chihuahua por las autoridades federales, vulneración de su autonomía presupuestaria y financiera.

2) Se vulnera la esfera jurídica y la competencia de los municipios del estado de Chihuahua, ya que se limitan las facultades en materia de seguridad pública, trasgrede su autonomía y determinación Constitucional y se estarían limitando derechos humanos reconocidos en la Constitución y los Tratados Internacionales.

3) Algunos conceptos de inconstitucionalidad o artículos de la Ley de Seguridad Interior estarían violentando los siguientes derechos:

· Derecho a la seguridad pública

· Libertad de acceso a la información

· Privacidad y protección de datos personales

· Libertad de reunión

· Principio pro-persona

· Principio de progresividad

· Derecho a la libertad personal.

Otras consideraciones son que resulta inconstitucional que una ley pretenda regular una mal llamada seguridad interior y que en la misma se le asigne funciones a las fuerzas armadas consistentes en actividades que van dentro de la seguridad pública, según dispone el Artículo 21 constitucional.

De igual manera, la LSI permite que el Presidente de la República disponga de la totalidad de las fuerza armadas para su instauración, lo que cual es exorbitante y por lo tanto inconstitucional.

“Resulta particularmente preocupante para el estado de Chihuahua la vaguedad en cuanto a la definición de lo que pudieran constituir las acciones que se requieran a cargo de las entidades federativas, incluyendo obligaciones de carácter financiero para solventar acciones de seguridad interior que el Ejecutivo Federal pudiera determinar de manera unilateral y sin haber recibido la petición expresa de la entidad correspondiente”, señala el Gobernador en la controversia presentada.

Corral Jurado reiteró su profundo respeto a las autoridades y elementos de las Fuerzas Armadas, pero consideró que debe acotarse su papel, y por otra parte, permitir la profesionalización de las policías federal y estatales en el combate al crimen organizado.

Desde temprana hora, el gobernador, a través de su cuenta de Twitter, informó que había firmado la controversia para presentarla dentro de los plazos señalados por la propia Suprema Corte.

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Suprema Corte declara inconstitucional que estados reconozcan ‘la vida humana desde la concepción’

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que es inconstitucional que exista una protección “a la vida desde la concepción” en Sinaloa.

La resolución de la Corte está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados del Congreso de Sinaloa hecha en 2018, luego de que dicha legislatura aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.

En el proyecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena determinó que esta acción de inconstitucionalidad es procedente.

La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio, es decir, en aquellos estados en donde haya leyes con este tipo de protección, si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir un embarazo, esto será contrario a los derechos humanos y pueden ampararse.

Esta decisión ocurre luego de que esta misma semana la Suprema Corte declarara como inconstitucional la penalización total del aborto.

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Cómo denunciar a las escuelas que exigen regresar a clases presenciales

La titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP), Delfina Gómez, informó que, hasta el momento 12,639,915 estudiantes y 1,200,245 docentes regresaron a las actividades presenciales en 135,230 centros educativos a lo largo de la República, luego de más de un año de pandemia.

Sin embargo, debido a que las clases presenciales no son obligatorias, muchos otros estudiantes optaron por continuar su educación desde casa, de manera que las escuelas no pueden obligar a los menores a regresar a las aulas físicamente.

Para realizar este tipo de denuncia y otras inquietudes al respecto, la SEP habilitó el Sistema de Orientación e Información del Sector Educativo (TELSEP), donde se podrá consultar todo lo relacionado con el regreso a las aulas, además de realizar quejas.

En la CDMX, las escuelas de educación básica se podrán denunciar en este número telefónico 55 36 01 87 99 extensión 48543.

Respecto a las y los alumnos de escuelas media superior y superior, podrán denunciar a sus planteles a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas (SIDEC), que se encuentra aquí.

¿Qué se necesita para denunciar?

Ante cualquier circunstancia, los tutores del menor deberán proporcionar los siguientes datos:

– Nombre completo

– Domicilio

– Correo electrónico

– Nombre de la escuela

Durante la mañana del martes, Gómez también señaló que se han detectado casos de COVID-19 en 88 escuelas del país, lo que representa el 0.06% de los colegios que se encuentran actualmente abiertos. De los centros reportados, solamente 39 han cerrado temporalmente como medida de prevención, es decir, el 0.03%.

“Eso también nos da un buen indicio de que todo lo que se está haciendo, de este esfuerzo, está bien (…) Vamos muy bien y yo creo que vamos a ir cada día mejor”, expuso.

“Se ha incrementado y se sigue incrementando el número de escuelas abiertas, de compañeros trabajadores de la educación y de alumnos (…) Lo agradezco y reconozco el esfuerzo que se está haciendo”, agregó.

Asimismo, Gómez Álvarez se mostró agradecida con las autoridades federales, así como con las familias quienes, aseguró, se han comprometido para el cumplimiento de los filtros de seguridad sanitaria.

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