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El SAT va por doctores y dentistas incumplidos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) meterá en cintura a dentistas, doctores, nutriólogos y psicólogos incumplidos en el pago de sus impuestos. Los primeros en fiscalizar serán aquellos que no estén aceptando pagos con tarjeta de débito o de crédito.

“Los médicos deberían contar con la terminal para que el comprobante pueda ser deducible para las personas físicas en ese momento, es la parte que estamos fomentando, es la parte que queremos lograr y queremos fiscalizar más adelante”, dijo Adrián Guarneros, administrador central de Recaudación del SAT, en la presentación de la declaración del ejercicio 2017 para personas físicas.

La información para detectar a quienes incumplen será la que presenten este mes las personas físicas en su declaración correspondiente al ejercicio 2017. Al verificar sus facturas electrónicas para aceptar o rechazar las deducciones, el SAT detectará a los doctores que están aceptando pagos con medios electrónicos y a los que no, explicó Enrique Velderrain, socio de la firma fiscal Velderrain y Asociados.

Para deducir los pagos por estos servicios en la declaración anual, el paciente-contribuyente debe presentar la factura electrónica que le emitió el profesionista, pero no es válida si se pagó en efectivo, solo si fue pagada con tarjeta de crédito o débito, cheque o transferencia bancaria.

El médico debe emitir factura aunque el paciente pague en efectivo y no sea deducible, los comprobantes son rastreables y el SAT detectará quién no está recibiendo pagos con tarjetas y si los doctores están declarando la totalidad de sus ingresos, explicó Velderrain.

Información del SAT detalla que hay 284,000 profesionales de la salud en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pero sólo el 50% está al tanto de sus obligaciones fiscales.

Con estas acciones, el SAT busca que los profesionistas paguen debidamente sus impuestos, porque es común que no declaren de manera completa sus ingresos.

“La información que se obtiene por las declaraciones sirve para el prellenado de declaraciones, pero también deriva en actos de fiscalización, aumentar la recaudación”, expresó por su parte Leopoldo Carrillo, administrador general de Auditoria Fiscal del SAT.

La obligación del pago con medios electrónicos irá incentivando a que los contribuyentes pidan factura y pidan el pago con medios electrónicos, pero en tanto, si un dentista no aceptó pagos con estos medios la factura emitida no servirá al contribuyente para hacer deducible el pago de servicios médicos, dentales, de psicología o de nutriología, explicó Yahir Kershenovich, integrante de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores de México.

Pacientes afectados

Apenas en enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que estos profesionistas deben recibir estos medios de pago, pero no lo hizo obligatorio.

Al no ser obligatorio legalmente, el contribuyente no puede denunciar a los profesionistas que no tienen terminal bancaria, sólo si no emiten factura electrónica, explicó Velderrain.

Los médicos argumentan que el uso de terminales bancarias generan costos extras por comisiones, detalló Kershenovich.

Pero tampoco suelen aceptar los otros medios de pago: cheque o transferencia electrónica, porque los recursos no se reflejan de manera inmediata, o se puede verificar en ese momento si el cheque tiene fondos, explicó Guarneros.

Ante la negativa del pago en medio electrónico, “el paciente que paga en efectivo paga más caro ese servicio porque no es deducible, se debe concientizar a los médicos de esto, y a la par la autoridad puede mediar que los bancos reduzcan el cobro de comisiones por terminales a este sector”, determinó Velderrain.

Fuente: Expansión

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Subirá precio de la luz: CFE aumentará tarifas eléctricas domésticas a partir de agosto

De acuerdo con datos emitidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), las tarifas eléctricas Domésticas de Alto Consumo (DAC) aumentaron hasta 20.9 por ciento en la Ciudad de México y Estado de México, respecto al mes de agosto de 2020 y expertos señalan que esta tendencia al alza continuará por el resto del 2021.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE), señala que la tarifa eléctrica Domestica de Alto Consumo (DAC), se aplica en los hogares cuyo consumo promedio es igual o superior a los 250 kilowatt-hora (KWh) mensuales durante un año y detalla que está compuesta por dos cargos, los cuales detallamos a continuación:

Uno de los cargos que componen la tarifa DAC es fijo y luego de presentar un alza anual del 6.9 por ciento se fijó para agosto de 2021 en 120.9 pesos. Mientras que el otro cargo, el cual representa un mayor cobro se calcula dependiendo la cantidad de energía consumida dentro de la categoría DAC, y para este mes el kW-h se estableció en 5.50 pesos, lo que significa que presentó un aumento anual del 21.0 por ciento, además, dicha cifra representa el máximo histórico desde el 2007, fecha en la que estos datos están disponibles.

De esta manera, entre más energía se consuma por la tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC), el importe del recibo de electricidad tendrá un aumento cada vez más cercano al 21.0 por ciento anual.

Según la fórmula de la Secretaría de Hacienda para calcular la tarifa DAC, el aumento en el cargo fijo es una consecuencia de inflación en el país, mientras que en el aumento en el cargo por energía consumida corresponde a una combinación del aumento en el precio de los combustibles y otros insumos que utiliza la Comisión Federal de Electricidad para realizar su operación.

Fuente: El Heraldo de México

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Publican lista de precios máximos aplicables de Gas LP

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó este sábado el listado de las 145 regiones -en las en que la Secretaría de Economía (SE) divide el país- sobre los precios máximos del gas licuado de petróleo que podrán ser aplicables al consumidor.

Según lo publicado en la página web de la CRE, los precios máximos aplicables de Gas LP obedecen al acuerdo A/24/2001, el cual establece la forma en que la regulará el costo final del energético para los usuarios.

El pasado jueves el acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que exponen la metodología que fija los precios máximos al consumidor final de Gas LP.

Cada sábado la Comisión actualizará los precios máximos que podrán ser aplicables por región, y deberán ser consultados por los permisionarios que comercialicen y/o distribuyan el energético.

Las diferencias de precios varían por los costos asociados a la logística de cada región, es decir, de la infraestructura con la que se cuenta al final de la cadena, antes de llegar a los hogares o negocios, de acuerdo con La Jornada.

En el listado sobresale que el precio mínimo del gas licuado de petróleo será ofertado en la entidades de Baja California, donde en los municipios de Tijuana y Playas Rosarito se venderá a 10.56 pesos el litro.

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