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Dinero

Acuerdo México-Filipinas para prevenir evasión fiscal, entra en vigor

Este miércoles entró en vigor el acuerdo entre el gobierno de México y Filipinas para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y para prevenir la evasión fiscal entre ambas naciones.

En un decreto promulgatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación y promulgado por el Ejecutivo federal, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dio a conocer que con el convenio se busca promover las relaciones económicas y mejorar la cooperación bilateral en materia fiscal.

Refirió que el acuerdo de 30 artículos fue aprobado por el Senado el 3 de octubre de 2017 y será aplicado igualmente a los impuestos de naturaleza idéntica o substancialmente similares que se establezcan posteriormente o se adicionen a los actuales o los sustituyan.

De esta forma, detalló, el convenio prevé aspectos como las personas que lo comprenden, impuestos comprendidos, definiciones generales, residentes, establecimiento permanente, rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas y dividendos.

Asimismo, precisa los aspectos que tienen que ver con ambos países como son regalías, intereses, ganancias de capital, ingresos derivados del empleo, y participaciones de consejeros y remuneraciones de los directivos de alto nivel.

El documento incluye temas como imposición de hidrocarburos, disposiciones misceláneas, la eliminación de la doble imposición, procedimiento de acuerdo mutuo, intercambio de información, asistencia en la recaudación, miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares, así como los detalles para la entrada en vigor y la terminación del convenio.

En este último punto, la dependencia agrega que el presente acuerdo permanecerá en vigor hasta que se dé por terminado por un Estado contratante, a través de la vía diplomática, dando aviso de la terminación al menos con seis meses de antelación al final de cualquier año calendario que inicie después de transcurrido un periodo de cinco años posteriores a su entrada en vigor.

En tal caso, apuntó, el acuerdo dejará de surtir efectos respecto de las rentas pagadas o generadas a partir del primer día de enero del año calendario siguiente a la fecha en que se haya dado el aviso de terminación.

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Subirá precio de la luz: CFE aumentará tarifas eléctricas domésticas a partir de agosto

De acuerdo con datos emitidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), las tarifas eléctricas Domésticas de Alto Consumo (DAC) aumentaron hasta 20.9 por ciento en la Ciudad de México y Estado de México, respecto al mes de agosto de 2020 y expertos señalan que esta tendencia al alza continuará por el resto del 2021.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE), señala que la tarifa eléctrica Domestica de Alto Consumo (DAC), se aplica en los hogares cuyo consumo promedio es igual o superior a los 250 kilowatt-hora (KWh) mensuales durante un año y detalla que está compuesta por dos cargos, los cuales detallamos a continuación:

Uno de los cargos que componen la tarifa DAC es fijo y luego de presentar un alza anual del 6.9 por ciento se fijó para agosto de 2021 en 120.9 pesos. Mientras que el otro cargo, el cual representa un mayor cobro se calcula dependiendo la cantidad de energía consumida dentro de la categoría DAC, y para este mes el kW-h se estableció en 5.50 pesos, lo que significa que presentó un aumento anual del 21.0 por ciento, además, dicha cifra representa el máximo histórico desde el 2007, fecha en la que estos datos están disponibles.

De esta manera, entre más energía se consuma por la tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC), el importe del recibo de electricidad tendrá un aumento cada vez más cercano al 21.0 por ciento anual.

Según la fórmula de la Secretaría de Hacienda para calcular la tarifa DAC, el aumento en el cargo fijo es una consecuencia de inflación en el país, mientras que en el aumento en el cargo por energía consumida corresponde a una combinación del aumento en el precio de los combustibles y otros insumos que utiliza la Comisión Federal de Electricidad para realizar su operación.

Fuente: El Heraldo de México

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Publican lista de precios máximos aplicables de Gas LP

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó este sábado el listado de las 145 regiones -en las en que la Secretaría de Economía (SE) divide el país- sobre los precios máximos del gas licuado de petróleo que podrán ser aplicables al consumidor.

Según lo publicado en la página web de la CRE, los precios máximos aplicables de Gas LP obedecen al acuerdo A/24/2001, el cual establece la forma en que la regulará el costo final del energético para los usuarios.

El pasado jueves el acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que exponen la metodología que fija los precios máximos al consumidor final de Gas LP.

Cada sábado la Comisión actualizará los precios máximos que podrán ser aplicables por región, y deberán ser consultados por los permisionarios que comercialicen y/o distribuyan el energético.

Las diferencias de precios varían por los costos asociados a la logística de cada región, es decir, de la infraestructura con la que se cuenta al final de la cadena, antes de llegar a los hogares o negocios, de acuerdo con La Jornada.

En el listado sobresale que el precio mínimo del gas licuado de petróleo será ofertado en la entidades de Baja California, donde en los municipios de Tijuana y Playas Rosarito se venderá a 10.56 pesos el litro.

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